El sindicalista, investigado por extorsión a empresas navieras y manejo irregular de fondos en el SOMU, había sido beneficiado en primera instancia. Ahora, la Cámara Federal porteña revocó esa decisión.
La Cámara Federal porteña revocó hoy el arresto domiciliario de Omar “Caballo” Suárez, ex titular del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), por lo que fue nuevamente trasladado a la cárcel, esta vez al penal de Ezeiza.
El sindicalista, investigado por extorsión a empresas navieras y manejo irregular de fondos en el SOMU, había sido beneficiado con la prisión domiciliaria por el juez federal Luis Rodríguez el 29 de diciembre pasado, último día hábil previo a la feria judicial, y por los problemas de salud que padece.
Pero el fiscal Gerardo Pollicita apeló el fallo e, incluso, luego otros dos jueces, Sebastián Ramos y Sergio Torres, impusieron una serie de condiciones a su prisión domiciliaria en la localidad bonaerense de Olivos, como una consigna permanente de Prefectura Naval y la prohibición de ingresar bebidas alcohólicas.
Con un casco que cubría completamente su rostro, chaleco antibalas y protegido por escudos, el ex líder sindical fue trasladado en el marco de un importante operativo de seguridad a cargo del Servicio Penitenciario Federal (SPF) pasadas las 20.40 y quedó alojado en el Hospital Penitenciario Central de Ezeiza.
“Hay un límite y el límite en este caso es la salud. Va a Ezeiza y esperemos que no ocurra una descompensación porque finalmente lo van a sobreseer porque quedó incapacitado para afrontar un juicio. Nosotros queremos ir a juicio”, señaló el abogado defensor, Carlos Broitman, en la puerta de la casa en la localidad bonaerense de Olivos.
La Cámara evaluó que en el penal de Marcos Paz, donde cumplía prisión preventiva, Suárez recibía atención médica de las autoridades del establecimiento carcelario con el “objeto de alcanzar una mejor atención clínica y garantizar el seguimiento y control de su estado de salud”.
“La condición de salud de Suárez verificada en los datos e informes médicos periciales obrantes en autos, demuestra que el nombrado ha recibido -dentro de las limitaciones que lógicamente implica el encierro en una dependencia carcelaria- la atención adecuada respecto a sus dolencias, más allá de los intentos de su asistencia técnica en demostrar lo contrario”, señaló la Cámara en el fallo.
Por ello, coincidieron Eduardo Farah y Leopoldo Bruglia, no encuadraba dentro de los casos de prisión domiciliaria: finalmente se ordenó el traslado a la cárcel de Ezeiza, puesto que allí tiene su sede el Hospital Penitenciario Central I, que “cuenta con mayor complejidad asistencial que la Unidad Médica del Complejo de Marcos Paz”.
El sindicalista había sido detenido por orden del juez federal Rodolfo Canicoba Corral, al considerarlo “jefe” de una asociación ilícita que extorsionó a empresas navieras, pero que también malversó fondos del SOMU que dirigió durante varias décadas.